REGISTRO CANINO GENEALÓGICO Y DE APTITUDES DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En este REGISTRO, previa petición de sus propietarios, se inscribirán solamente ejemplares residentes en la Comunidad de Madrid.
Será requisito indispensable tener el Registro de Identificación de Animales Domésticos (R.I.A.D.) y actualizada la vacuna de rabia

El REGISTRO constará de:
- Sección A: Destinada al registro de perros de pura raza
- A-1: Perros sin genealogía. Previo reconocimiento de raza.
- A-2: Perros con genealogía. Previa confirmación de raza.

Sección B: Se registrarán los perros en función de sus aptitudes, para Utilidad o Deportivas.

SECCIÓN A-1 RECONOCIMIENTO DE RAZA
Los ejemplares nacidos de padres de pura raza, pero que no estén en posesión de documentos que lo acrediten, podrán entrar a formar parte de este registro.
Con ocho meses cumplidos, participará en un certamen, donde se procederá a su evaluación de acuerdo con el standard racial. Así mismo se valorará que el perro tenga un comportamiento equilibrado ante situaciones cotidianas.
Se excluirán los que por problemas de carácter o estructurales, no sean aptos para la cría.

SECCIÓN A-2 CONFIRMACIÓN DE RAZA INSCRIPCIÓN DE CAMADAS
a) Los padres deberán estar inscritos en el REGISTRO CANINO GENEALÓGICO Y DE APTITUDES DE LA COMUNIDAD DE MADRID - Sección A.
b) Los propietarios de los ejemplares reproductores, deberán cumplimentar el impreso de inscripción de camada, en el plazo máximo de cuatro meses desde el nacimiento de los cachorros. No se admitirán las inscripciones de camadas donde alguno de los padres no este acreditado como APTO PARA LA CRÍA.
Se les entregará el justificante de inscripción provisional en el registro a todos los ejemplares incluidos en la inscripción de camada. A partir de los ocho meses de edad, deberán presentarse para superar una confirmación de raza y prueba de carácter. Superada la confirmación, se inscribirán en el REGISTRO - Sección A2.
Se determinan unas edades en las que se considera pueden reproducirse en condiciones optimas.
Hembras: El día de la monta deberá tener cumplidos doce meses de edad y no más de nueve años. Deberán pasar un mínimo de seis meses desde el último parto para realizar una nueva monta.
Machos: El día de la monta deberá tener cumplidos diez meses de edad y no más de diez años.
No podrán ser inscritas en el REGISTRO las camadas de reproductores que no cumplan las edades establecidas.
Se autoriza la inseminación artificial directa, realizada en presencia de un Veterinario que certifique el acto.
SECCIÓN B - APTITUDES
Los ejemplares que no cumplan la normativa exigida para estar incluidos en la Sección A y no obstante son merecedores por sus aptitudes naturales o adquiridas, se registrarán en la Sección B.
Con diez meses cumplidos, se presentarán a los exámenes pertinentes con el fin de clasificarle dentro de la actividad canina para la que demuestre ser apto.





CELEBRACIÓN DE CERTÁMENES.

Para promocionar de forma reglamentada las actividades caninas, se realizaran certámenes, que acojan dentro de su organización la posibilidad de participar a todos los perros residentes en la Comunidad de Madrid, sin distinción de origen, salvo en aquellos casos que muestren aptitudes agresivas o peligrosas.

Estos certámenes se desarrollaran en las siguientes actividades:
EXPOSICIONES.- Para perros de raza.
CONCURSOS.- Para toda clase de perros y certificar sus aptitudes.
En todos los certámenes se establecerá la categoría de "presentador infantil".
Con esta actividad se pretende fomentar la participación y la afición entre los pequeños.

CAMPEONATO DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En las exposiciones que organiza la Federación, los ejemplares inscritos en el REGISTRO-Sección A, que participen en la categoría de adultos, según las calificaciones obtenidas se les otorgarán los puntos correspondientes. Cuando consigan el número de puntos estipulado, podrán participar en el Campeonato y optar al titulo de Campeón macho o hembra.
A estos ejemplares, se les practicará la Identificación Genética, cuyo coste será asumido por la Federación.






IDENTIFICACIÓN.

La identificación de perros tendrá carácter obligatorio en todo el territorio de la Comunidad de Madrid, en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha de su nacimiento o un mes después de su adquisición.
Todos los animales residentes en la Comunidad de Madrid quedaran identificados y censados en el Registro de Identificación de Animales Domésticos (R.I.A.D.) controlado por la Dirección General de Agricultura.
La implantación en el animal del código establecido, será efectuada por un veterinario con ejercicio profesional en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el siguiente sistema:
Implantación subcutánea de una cápsula (microchip) legible por medios físicos, portadora del código emitido y adjudicado por el Registro.
En el caso de estar el animal identificado mediante sistemas distintos a los aquí establecidos, se procederá como si dicha identificación no existiera.

IDENTIFICACIÓN GENÉTICA.

Con fecha 30 de septiembre de 1996, se firmó un acuerdo entre la Universidad Complutense de Madrid, departamento de Genética de la Facultad de Veterinaria y la Federación Canina de la Comunidad de Madrid, para iniciar el Control de Paternidad y la Identificación Genética Individual en perros, mediante técnicas de ADN.

El Departamento de Genética recibirá del veterinario la muestra y el impreso con los datos.
Efectuado el análisis, se remitirán a la Federación los resultados.
Esta información, permitirá generar en la Federación el documento correspondiente, que se remitirá al propietario.




CURSOS DE FORMACIÓN.

Para poner en marcha el programa de actividades es fundamental contar con jueces y auxiliares, capacitados para calificar los ejemplares según sus standards raciales o aptitudes naturales para otras actividades.

Estos titulados tendrán también, como uno de sus cometidos la formación de los aspirantes.




CURSOS DE EDUCACIÓN CANINA.

La Federación, imparte "Cursos de Educación Básica" en Boadilla del Monte, enfocados a perros sean o no de raza; y, especialmente en la responsabilidad de sus propietarios.

Finalizado el curso, los perros deben superar un examen de "Buen Ciudadano Canino".





















BUEN CIUDADANO CANINO

Programa de Obediencia

El propósito de éstas pruebas, es demostrar que el perro, como compañero del hombre, puede ser miembro respetable de la comunidad y que pueda ser educado para comportarse correctamente en cualquier circunstancia (en el hogar, en lugares públicos, en presencia de otros perros) de manera que resalte el buen comportamiento cívico de su amo y de sí mismo.

Cuando el hombre hizo del perro su compañero, apartándole de la vida salvaje, asumió la responsabilidad de cuidarle y educarle. Con el tiempo, el hombre enseño a este animal a realizar diversas tareas y a cumplir con ciertas normas domésticas, de modo que la vida juntos fuera mutuamente satisfactoria. Hasta hace pocos años, su presencia en la comunidad, mayoritariamente rural, era incuestionable ya que existían muy pocas restricciones impuestas al perro o a su propietario. Hoy, los perros deben tener buenos hábitos para vivir en armonía con las familias, así como para sobrevivir a los cada vez mayores desafíos planteados para su adaptación a los núcleos urbanos y la falta, en algunos casos, de espacios suficientemente amplios para su esparcimiento.
Estamos siendo testigos de como aumenta la legislación vigente, que podría anular de una vez y para siempre, cualquier esperanza de que un perro comparta nuestras vidas y nuestros hogares. Podríamos algún día vernos forzados a renunciar a un viejo y fiel amigo de muchos años, caso de que nuestros perros, por culpa de sus propietarios que no les educan, sean una molestia para la convivencia ciudadana.
Como resultado del adiestramiento, tendrá un perro controlado; un animal que no molestará ni a los vecinos ni a los perros de éstos; que no impedirá ni las operaciones de aseo ni los exámenes veterinarios. Debe saber que el adiestramiento estimula la inteligencia de su perro, dándole estabilidad y un sentido de vida, ya que aprende a saber como complacerle y que es lo que usted espera de él. Un perro que posee una buena conducta social, dice mucho en favor de su propietario, su raza, su especie y de él mismo.
La Prueba BUEN CIUDADANO CANINO no es un programa de obediencia en competición y por tanto no requiere precisión en la ejecución de los ejercicios. Es un programa de cualificación que incluye situaciones cotidianas en un ambiente relajado, que pretende identificar y reconocer oficialmente, a aquellos perros que poseen las cualidades que les capacitan para servir eficazmente como compañeros personales y como animales con un buen comportamiento dentro de la comunidad.

REGLAMENTO PARA LA OBTENCIÓN DEL DIPLOMA BUEN CIUDADANO CANINO

La organización de la prueba, puede solicitar la documentación que considere oportuna para la comprobación de datos.
La edad mínima de admisión, para los perros participantes, será de nueve meses.
No se admitirán las perras en celo.
Los perros, para participar en estas pruebas, deberán estar debidamente identificados con Microchip y tener la vacuna de rabia actualizada.
Cualquier perro que gruña, muerda, ataque o intente atacar a cualquier persona o perro sin obedecer a la voz de mando de su guía, será expulsado.
Los perros participantes deben llevar collares de hebilla ajustable o corredizos de piel, tejido o cadena. La correa de un metro aproximadamente, deberá ser de piel o tejido. Los collares de pinchos no serán admitidos.
Las órdenes de mando pueden ser las usuales, siendo convencionales los términos empleados en este reglamento. Durante los ejercicios, se puede usar el nombre del perro juntamente con la orden. El guía podrá hablar a su perro, felicitarle y darle ánimos, pero sin forzarlo.
Todos los ejercicios se realizarán con el perro sujeto con la correa, esta debe llevarse en la mano del lado en que el perro camina.
Los perros serán evaluados con las calificaciones de APROBADO o INSUFICIENTE. Para mejorar la calificación, pueden participar en otra prueba, transcurridas cuatro semanas. Se recomienda revalidar anualmente esta prueba, para comprobar que el perro sigue manteniendo sus buenas aptitudes.
Los participantes deben acatar sin protestar, las decisiones de los Jueces, así como las normas de la Organización. Un comportamiento indebido, puede excluir a un participante de la prueba.
Con vistas a ahorrar tiempo y mantener viva la expectación, si el número de participantes lo requiere se emplearán dos Jueces:
El primer Juez: Dirigirá el ejercicio número uno.
El segundo Juez: Dirigirá el resto de los ejercicios.

1.- APARIENCIA Y ASEO

El Juez inspeccionará al perro para determinar si está limpio y aseado. El perro debe estar en condiciones saludables (peso apropiado, sano y activo)
Esta parte del ejercicio demuestra el cuidado, el interés y responsabilidad del propietario. El Juez peina o cepilla al perro ligeramente y de manera natural. El guía debe suministrar el peine o cepillo habitualmente usado en el perro. El Juez examina ligeramente los oídos y amablemente levanta cada pie delantero. No es necesario que el perro mantenga una posición concreta mientras se lleva a cabo el examen. El guía puede hablar al perro y darle ánimos.
Es un ejercicio práctico para demostrar que el perro tolerará con agrado ser aseado y examinado, permitiendo que lo haga un extraño, como un veterinario o cuidador.

2.- INDIFERENCIA ANTE UN EXTRAÑO INOFENSIVO

El objeto principal de éste ejercicio es comprobar el comportamiento del perro ante un extraño que se aproxima al guía en situación cotidiana natural. Al ser llamado, el participante con su perro entra en el terreno de prueba, manteniendo la correa floja, camina a paso normal con dirección hacia el Juez.
El Juez camina tranquilamente al encuentro de los participantes. Saluda al guía de manera amistosa, estrechan sus manos enérgicamente. El guía pone su perro en posición de sentado dando su nombre y el del perro y contestando las preguntas del Juez; todo en un ambiente distendido, ignorando al perro, que no debe mostrar signos de desconfianza ni abandonar la posición en que le puso al iniciar el ejercicio.

3.- CONDUCTA CON CORREA

Desde la posición base y a indicación del Juez, el perro sujeto por la correa y a la orden de FUSS (junto), ha de seguir a su conductor de forma voluntaria y espontánea.
El perro debe andar continuamente a la altura de la rodilla del guía, no necesariamente con la rigidez que se requiere en otras pruebas de obediencia.
Lo ideal es que la posición del perro no deje lugar a dudas sobre que su atención está puesta en el guía y que responde a los movimientos y cambios de dirección de éste.
El Juez puede emplear un recorrido determinado previamente, o puede dirigir el ejercicio utilizando instrucciones u órdenes. En todo caso, debe realizar un giro a la izquierda, giro a la derecha y media vuelta, con al menos una parada durante el ejercicio y otra al final. Cada vez que el guía se detenga, el perro deberá adoptar de forma inmediata la posición de sentado; está permitida la orden. La orden de FUSS (junto), puede ser dada al comenzar el ejercicio, en los cambios de dirección y al reanudar la marcha después de una parada.

4.- PASEAR ENTRE EXTRAÑOS INOFENSIVOS

Con este ejercicio se pretende evaluar la actitud del perro entre el tráfico de peatones, demostrando buen comportamiento y control en lugares públicos.
Desde la posición base, el guía caminará con el perro sujeto por la correa manteniéndola floja. Por indicación del Juez, cruzarán en varias direcciones, en medio de un grupo de por lo menos cuatro personas. El guía debe detenerse por lo menos una vez en medio del grupo, el perro adoptará inmediatamente la posición de sentado, está permitida la orden. La orden de FUSS (o cualquier otra ) puede ser dada al comenzar el ejercicio, en los cambios de dirección y al reanudar la marcha después de la parada. El perro puede mostrar algún interés hacia los extraños, pero debe continuar caminando con el guía sin evidenciar desconfianza o enfado. El perro no debe tirar de la correa. El guía puede hablar al perro y animarlo durante el ejercicio.

5.- SENTADO Y ECHADO A LA ORDEN

El perro ejecutará y permanecerá en la posición de sentado y echado ordenada por el guía.
Desde la posición base, el guía caminará con el perro sujeto por la correa, manteniéndola floja, al encuentro del Juez. En el lugar asignado para el ejercicio, el guía dispondrá de un tiempo razonable para que, a indicación del Juez, ordene al perro primero que se siente y luego que se eche. Se admite una sola repetición de la orden. El guía no podrá forzar al perro a ninguna de estas posiciones, pero puede guiarle ligeramente con una indicación manual.

6.- MANTENER UNA POSICIÓN SENTADO O ECHADO.

Desde la posición base, el guía caminará con el perro sujeto por la correa, manteniéndola floja, al encuentro del Juez, al cual comunicará la posición elegida.
En el lugar asignado para realizar el ejercicio, el guía dispondrá de un tiempo de un tiempo razonable para que a indicación del Juez, ordene al perro que adopte la posición de sentado o echado. A indicación del Juez, da la orden de "quieto" suelta la correa y camina hacia adelante unos seis metros, gira y vuelve a un ritmo normal, hacia el perro, el cual debe mantener la posición en que fue dejado. A indicación del Juez, el guía recoge el perro y a la orden se encamina a la posición base.
Se admite una sola repetición de las órdenes, pero puede guiar al perro ligeramente con una indicación manual.

7.- REACCIÓN A LAS DISTRACCIONES

Con este ejercicio, se pretende determinar si el perro permanece indiferente ante motivos leves de distracción.
Desde la posición base, el guía con su perro, se situará en el lugar designado por el Juez, a la orden de éste, ordenará al perro a tomar la posición de sentado o echado.
El Juez presentará dos situaciones de distracción aproximadamente a cinco metros del perro, que puede expresar un interés natural, sin pánico, tratar de huir, mostrarse agresivo o ladrar. El guía puede hablar al perro, animarle y felicitarle durante el ejercicio.

8.- REACCIÓN ANTE LA PRESENCIA DE OTRO PERRO.

A la orden del Juez, el guía con su perro sujeto con la correa, va al encuentro de otro perro que, con su guía, se encuentra en posición de sentado en el terreno de la prueba.
A una distancia aproximada de diez metros, por indicación del Juez, ordena a su perro la posición de sentado. El perro no debe mostrar más que un interés casual, sin ladrar ni intentar ir hacia el otro perro o su guía.
A la orden del Juez, recoge su perro y se retira a la posición base.